Contabilidad, impuestos e informes · Lección 1 de 5
Marcos contables para criptoactivos: comparación entre las NIIF y los US GAAP
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Las Normas NIIF de Contabilidad son obligatorias en más de 140 jurisdicciones, pero no contienen ninguna norma redactada específicamente para las criptomonedas, por lo que quienes las poseen deben encuadrar los tokens en reglas diseñadas para patentes, software e inventarios. Los US GAAP, el otro marco principal, cuentan con una norma específica de valor razonable desde 2025. Por lo tanto, el mismo bitcoin puede generar cifras de ganancias muy diferentes según dónde informe una empresa, y toda persona que prepare, audite, analice o conceda préstamos con base en estados financieros debe entender por qué.
Por qué las criptomonedas no encajan en las categorías habituales
El punto de partida bajo las NIIF es una decisión de agenda del Comité de Interpretaciones de las NIIF (IFRIC), Tenencia de criptomonedas, publicada en junio de 2019. El Comité analizó una criptomoneda con tres características: se registra en un libro mayor distribuido protegido mediante criptografía, no es emitida por una autoridad jurisdiccional ni por otra parte, y su tenencia no crea ningún contrato entre quien la posee y otra persona.
A continuación, evaluó cada norma candidata:
- No es efectivo. El efectivo es un medio de intercambio que se utiliza como unidad monetaria para fijar los precios de los bienes y servicios en los estados financieros. Las criptomonedas no se utilizaban de esa manera con suficiente amplitud.
- No es un activo financiero. Según la NIC 32, un activo financiero requiere un derecho contractual a recibir efectivo u otro activo financiero. Un bitcoin no otorga ningún derecho de cobro frente a nadie.
- Inventario según la NIC 2 si la entidad lo mantiene para venderlo en el curso ordinario de sus actividades.
- En los demás casos, un activo intangible según la NIC 38, porque es un activo identificable no monetario sin sustancia física.
El Comité también señaló obligaciones de información: la NIIF 13 para el valor razonable, la NIC 1 para los juicios significativos y la NIC 10 para los cambios materiales de valor posteriores a la fecha de presentación. Una decisión de agenda no es una norma nueva; explica cómo se aplican las normas existentes, y los auditores y reguladores de valores esperan que las entidades la sigan. El análisis abarca tokens sin emisor y sin contrato. Los tokens que sí otorgan un derecho contractual, como muchas monedas estables, se tratan en la lección Contabilidad de las monedas estables, el staking y los préstamos de criptoactivos.
NIC 38: modelo del costo o modelo de revaluación
La mayoría de las empresas que poseen criptoactivos acaba aplicando la NIC 38. Normalmente, se considera que un criptoactivo tiene una vida útil indefinida, por lo que no se amortiza, pero se somete a pruebas de deterioro de valor conforme a la NIC 36 al menos una vez al año y siempre que exista un indicio. La NIC 38 ofrece entonces dos modelos.
Modelo del costo. El activo se contabiliza al costo menos el deterioro de valor. La NIC 36 permite reversiones del deterioro de valor cuando se recupera el importe recuperable, pero nunca por encima del costo original.
Modelo de revaluación. El activo se contabiliza al valor razonable, pero solo si existe un mercado activo: uno en el que las transacciones se realizan con suficiente frecuencia y volumen como para proporcionar información sobre los precios de manera continua (NIIF 13). Bitcoin y ether cumplen fácilmente este requisito; puede que los tokens con escaso volumen de negociación no lo cumplan. El modelo debe aplicarse a toda la clase de activos similares y es asimétrico:
- Los incrementos por encima del costo se reconocen en otro resultado integral (ORI) y forman un superávit de revaluación en el patrimonio.
- Las disminuciones reducen primero cualquier superávit correspondiente a ese activo; el resto es una pérdida en el resultado del período.
- Cuando se vende el activo, el superávit se transfiere directamente a las ganancias acumuladas. Nunca se reclasifica a través del resultado del período.
Un ejemplo práctico muestra el efecto y añade los US GAAP para comparar. Una empresa compra 10 BTC a $50.000 cada uno ($500.000). El precio es de $70.000 al cierre del año 1, $40.000 al cierre del año 2 y $60.000 al cierre del año 3 (se ignoran los costos de disposición).
| Precio al cierre del año | NIC 38, modelo del costo | NIC 38, modelo de revaluación | Valor razonable según los US GAAP |
|---|---|---|---|
| Año 1, $70.000 | Nada; se contabiliza a $500.000 | +$200.000 en el ORI | +$200.000 en el resultado neto |
| Año 2, $40.000 | −$100.000 de deterioro de valor | −$200.000 en el ORI, −$100.000 en el resultado del período | −$300.000 en el resultado neto |
| Año 3, $60.000 | +$100.000 de reversión, limitada al costo | +$100.000 en el resultado del período, +$100.000 en el ORI | +$200.000 en el resultado neto |
| Importe en libros después del año 3 | $500.000 | $600.000 | $600.000 |
En el transcurso de tres años, el modelo del costo no muestra ninguna ganancia neta y oculta $100.000 de valor; el modelo de revaluación muestra el valor, pero mantiene la ganancia fuera del resultado del período; solo el valor razonable con cambios en el resultado neto lo presenta como rendimiento.
NIC 2: inventarios y la excepción para intermediarios que negocian con materias primas
Una entidad que mantiene criptoactivos para venderlos en el curso ordinario de sus actividades, como un distribuidor o una plataforma que negocia por cuenta propia, aplica la NIC 2. La medición predeterminada es el menor entre el costo y el valor neto realizable, por lo que las ganancias solo se reconocen cuando se vende el activo.
El párrafo 3(b) de la NIC 2 establece una excepción para los intermediarios que negocian con materias primas: los inventarios adquiridos principalmente para venderlos en un futuro cercano y generar una ganancia a partir de las fluctuaciones de los precios o del margen de un intermediario pueden medirse al valor razonable menos los costos de venta, y los cambios se reconocen en el resultado del período. Esta es la principal vía bajo las NIIF para contabilizar íntegramente a valor razonable con cambios en el resultado del período una tenencia de criptoactivos. Depende del modelo de negocio, no de una preferencia: una tesorería corporativa que compra bitcoin como reserva a largo plazo no es un intermediario, mientras que un creador de mercado que renueva su cartera a diario podría serlo. Las entidades de inversión y los fondos que miden sus inversiones a valor razonable conforme a sus propios marcos constituyen un caso aparte.
US GAAP: valor razonable con cambios en el resultado neto
Antes de 2025, los US GAAP también trataban la mayoría de las criptomonedas como activos intangibles de vida útil indefinida, pero con una regla más estricta que la NIC 36: el deterioro de valor nunca podía revertirse mientras se mantuviera el activo. El FASB reemplazó ese modelo con la ASU 2023-08, que creó la ASC 350-60. Se aplica a los ejercicios fiscales que comienzan después del 15 de diciembre de 2024; por ello, las empresas cuyo ejercicio coincide con el año calendario la aplicaron a partir del 1 de enero de 2025, con un ajuste por efecto acumulado en las ganancias acumuladas iniciales y sin reexpresar los años anteriores.
Un criptoactivo está dentro del alcance solo si cumple los seis criterios: es un activo intangible; no otorga derechos exigibles sobre bienes, servicios u otros activos subyacentes; reside en un libro mayor distribuido; está protegido mediante criptografía; es fungible; y no fue emitido por la entidad que informa ni por sus partes relacionadas. Bitcoin, ether y la mayoría de los tokens de gobernanza que poseen los inversionistas cumplen los criterios. Las monedas estables canjeables, los tokens envueltos, la mayoría de los NFT y los tokens propios de un emisor no los cumplen.
Los activos dentro del alcance se miden al valor razonable según la ASC 820, en el mercado principal de la entidad, y los cambios se reconocen en el resultado neto. Se presentan por separado de otros activos intangibles, y la información a revelar incluye cada tenencia significativa (base de costo, valor razonable y unidades), las restricciones contractuales de venta, una conciliación anual que muestra por separado las ganancias realizadas y el método utilizado para determinar la base de costo.
Comparación directa de los dos marcos
| Pregunta | NIIF | US GAAP (ASC 350-60) |
|---|---|---|
| ¿Existe una norma redactada para las criptomonedas? | No; NIC 38 o NIC 2, según el propósito | Sí, para los ejercicios fiscales posteriores al 15 de diciembre de 2024 |
| Tratamiento predeterminado para quien mantiene criptoactivos a largo plazo | Costo menos deterioro de valor (NIC 38) | Valor razonable |
| Dónde se reconocen las ganancias por encima del costo | En ningún lado hasta la venta (costo) o en el ORI (revaluación) | En el resultado neto de cada período |
| Reversiones del deterioro de valor | Permitidas hasta el costo | No corresponde; se vuelve a medir al valor razonable |
| Valor razonable con cambios en el resultado del período | Solo para intermediarios según la NIC 2.3(b) o entidades de inversión | Para todas las entidades que poseen activos dentro del alcance |
| Tokens con un derecho contractual a recibir efectivo | Pueden ser activos financieros según la NIIF 9 | Fuera del alcance de la ASC 350-60; se aplican otras disposiciones de los US GAAP |
| Misma tenencia, dos empresas | Los resultados pueden diferir según el modelo elegido | Resultados comparables entre quienes los poseen |
Las consecuencias prácticas son importantes. Un grupo que informa según las NIIF y tiene una filial estadounidense debe convertir las cifras de valor razonable de la filial a la política del grupo según la NIC 38, y los analistas que comparan dos empresas con tenencias idénticas deben ajustar los datos al marco contable correspondiente antes de comparar las ganancias. Los prestamistas cuyos convenios dependen de las ganancias o del patrimonio deben comprobar qué modelo utiliza el prestatario, porque un superávit de revaluación aumenta el patrimonio sin aumentar las ganancias.
Situación actual del IASB
El IASB ha declinado repetidamente iniciar un proyecto específico sobre criptomonedas. Mantiene los criptoactivos en su lista de posibles temas futuros, y su proyecto de investigación más amplio sobre Activos intangibles, una revisión de la NIC 38, está analizando si un modelo de valor razonable podría ser adecuado para los activos mantenidos como inversión. Hasta que el IASB tome medidas, quienes informan según las NIIF siguen aplicando la decisión de agenda de 2019, y la diferencia con los US GAAP se mantiene. Quienes se basen en este punto deben consultar el plan de trabajo actual del IASB.
Enfoque del examen: el razonamiento de la decisión de agenda del IFRIC de junio de 2019 (no es efectivo, no es un activo financiero, se aplica la NIC 2 si se mantiene para la venta en el curso ordinario de las actividades y, en los demás casos, la NIC 38); el modelo del costo de la NIC 38, con reversiones del deterioro de valor limitadas al costo; el requisito de mercado activo del modelo de revaluación, el tratamiento en el ORI y la ausencia de reclasificación; la excepción para intermediarios de la NIC 2.3(b) y por qué depende del modelo de negocio; el valor razonable con cambios en el resultado neto según los US GAAP, en virtud de la ASC 350-60 (ASU 2023-08), y sus seis criterios de alcance; las principales diferencias entre los dos marcos y su efecto en la comparabilidad; por qué quienes informan según las NIIF siguen basándose en la decisión de agenda de 2019.